Curso
Derecho Administrativo Sancionatorio Reforma Ley 2080
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EDUCACIÓN
CONTINUA

A partir de los paradigmas institucionales establecidos en la Constitución Política de 1991, derivados del concepto de estado social de Derecho, se trazaron los elementos para concebir una función administrativa al servicio de las personas, en el reconocimiento de su dignidad y de sus derechos fundamentales, permitiéndose la participación ciudadana y fortaleciéndose la capacidad institucional de los organismos y entidades administrativos. A ello se agrega que con el nuevo orden constitucional se intensificó el intervencionismo de Estado en las más disímiles actividades económicas y, por tanto, el incremento de las funciones de inspección, control y vigilancia.
En el antiguo Código Contencioso Administrativo (D. 01/1984) –CCA-, norma expedida en vigencia de la Constitución Política de 1886, la única mención al procedimiento sancionatorio estaba prevista en el artículo 38, relativo a la caducidad de la potestad sancionatoria de la Administración.
Lo anterior significaba que para la expedición de los actos administrativos sancionatorios no era claro el procedimiento aplicable, lo que traía como consecuencia inseguridad jurídica, por un lado, así como ineficacia administrativa, por el otro. Lo primero porque ante la ausencia en el CCA de un procedimiento sancionatorio, dicho vacío era llenado frecuentemente por actos administrativos (decretos reglamentarios, resoluciones, circulares) que eran objeto de constantes modificaciones al capricho de los funcionarios de turno; lo segundo, en la medida en que el procedimiento para resolver un derecho de petición o expedir una autorización era el mismo que se utilizaba para imponer una sanción, cuando el contenido de una y otra actividad administrativa resultaba materialmente distinto y se encontraba sometido a principios y finalidades también diferentes.
Ante tal contexto, muy pronto resultó necesaria la expedición de normas Jurídicas sectoriales y de carácter especial (el ejemplo más preciso, en su momento, fue el régimen sancionatorio para las entidades sometidas a la vigilancia de la Superfinanciera previsto en el artículo 45 de la Ley 795 de 2003), orientadas a llenar los inmensos vacíos que registraba el antiguo CCA. Soluciones como la comentada generaron dispersión normativa y, además, no impidieron que se siguiera presentando la nociva práctica de que decretos reglamentarios o actos administrativos de carácter general (circulares e incluso resoluciones) establecieran “procedimientos administrativos sancionatorios”, aspecto que transgrede una de las garantías esenciales del debido proceso como es el principio de reserva de ley en materia de procedimiento (CP, Art. 29 y 150-1, 2 y 8).
En este contexto se expide la Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - CPACA, que tiene por finalidad ajustar las actuaciones administrativas a los postulados de la Constitución Política de 1991, reemplazando de esta manera el antiguo CCA.
El nuevo CPACA hace especial énfasis en la protección y garantía de los derechos de las personas con un anclaje directo en los postulados constitucionales para que la Administración los proteja directamente en sede administrativa. Y en punto del procedimiento administrativo sancionatorio –PAS- se concreta, regula y organiza la materia, por primera vez y de manera general, con la pretensión de solucionar la problemática jurídica expuesta en precedencia y llenar el vacío normativo existente.
Con posterioridad a la expedición del CPACA, el Estado ha profundizado y tecnificado su aparato represor (amplias y nuevas funciones de inspección, control y vigilancia, así como el establecimiento de infracciones cada vez más elaboradas), a lo que se suma la actualización e incremento sustancial del monto de las sanciones pecuniarias que puede imponer.
Así las cosas, es posible sostener la existencia del derecho administrativo sancionatorio como una especialidad sujeta a principios y reglas propias que bajo la observancia del principio de juridicidad que rige un Estado Social de Derecho (CP, Art. 1, 4, 6 121 y 122) y del derecho constitucional fundamental al debido proceso (CP, Art. 29), entre otros, sirve de medio para el ejercicio legítimo de la potestad sancionatoria estatal y permite la defensa y contradicción, también legítima, de las personas investigadas y sancionadas.
Por tanto, el curso se enmarca en un espacio amplio de reflexión sobre la noción, características, fines, alcances, contenido y aplicación práctica del derecho administrativo sancionatorio, en sus aspectos sustanciales y procesales, dirigido a todos los interesados en la materia.
Por último se analizará de manera detallada la reforma que introdujo la Ley 2080 de 2021 sobre procedimiento administrativo sancionatorio fiscal.
El curso en Procedimiento Administrativo Sancionatorio busca estudiar esta potestad fundamental para el actuar de todo el Estado Colombiano en sus distintos órdenes y niveles, en orden a dar cumplimiento a las finalidades de las entidades estatales de nuestro Estado Social de Derecho, así como las garantías constitucionales que tienen todas las personas sometidas a una actuación administrativa sancionatoria.
Por ello, resulta de fundamental importancia profundizar en el conocimiento de estos instrumentos jurídico procesales en el día a día de todo ciudadano y servidor público, independientemente de su área de desempeño, por lo cual se presenta un enfoque amplio con adecuada comprensión de las categorías jurídicas consagradas en el Código de Procedimiento Administrativo y de los Contencioso Administrativo, así como de la reforma que sobre el particular introdujo la Ley 2080 de 2021.
Objetivos
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Familiarizar a los participantes con el ejercicio y naturaleza de la función administrativa.
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Capacitar a los participantes en la solución de controversias en sede administrativa.
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Proporcionar a los participantes diversas técnicas para el mejoramiento de la utilización de las instituciones jurídico procesales.
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Familiarizar a los estudiantes con los cambios introducidos por la Ley 2080 de 2021.
Dirigido a
Metodología
A partir de una revisión normativa, jurisprudencial, doctrinal y casuística determinada, se irá dando solución a los problemas específicos, para luego presentar el apoyo teórico necesario.
El diseño del curso exige, además, del desarrollo de las unidades, estudio individual y la lectura de la bibliografía recomendada, aspectos necesarios para los estudiantes puedan comprender a fondo los diversos temas abordados.
Contenidos académicos
Parte 1. Parte General
Módulo 1. Introducción al Derecho Administrativo Sancionatorio
- Los antecedentes y finalidades de la reforma a la Ley 2080 de 2021.
- Los principios de las actuaciones y procedimientos sancionatorios.
- La potestad sancionatoria de la administración.
- Noción, naturaleza y alcance del debido proceso administrativo.
- Configuración constitucional
- Alcance y contenido en materia administrativa
- Contenido y aplicación de los principios al debido proceso en materia administrativa
Modulo 2. El procedimiento Administrativo en el CPACA
- Generalidades
- Carácter subsidiario y supletorio del procedimiento administrativo en caso de leyes especiales.
- Principio de legalidad en materia de procedimiento administrativo
- Intervención de terceros.
- Inicio de la actuación
- Pliego de cargos
- Derecho de defensa (descargos)
- Periodo probatorio y alegatos
- Contenido de la decisión sancionatoria
- Eximentes de responsabilidad
- Graduación de la sanción
- Caducidad de la facultad sancionatoria
- Pérdida de competencia y silencio administrativo positivo
- Prescripción de la sanción
- Los recursos contra la decisión sancionatoria
- Firmeza del acto administrativo
- La revocación directa de los actos administrativos sancionatorios
- La prueba en los procedimientos administrativos sancionatorios
- Fundamentos constitucionales
- Principios del derecho probatorio aplicables a los procedimientos sancionatorios
- Los medios de prueba en el procedimiento administrativo sancionatorio
- Remisión al Código General del Proceso
- Los medios de prueba en particular
- El control de convencionalidad en las actuaciones administrativas sancionatorias
Los principales procedimientos administrativos sancionatorios previstos en leyes especiales
Módulo 3. En Materia Ambiental
- El concepto de daño ambiental: daño ecológico puro y daño ambiental derivado
- El riesgo y la responsabilidad administrativa ambiental El principio de precaución y prevención
- El proceso sancionatorio administrativo ambiental en Colombia
- Presunción de culpa o dolo
- Infracciones ambientales
- Medidas preventivas
- Sanciones
- Agravantes y eximentes de responsabilidad
- La metodología para la tasación de las multas
- Conclusiones
Módulo 4. En la contratación estatal
- Principios de la actuación sancionatoria
- Integración con el CPACA
- Inicio de la actuación
- Pliego de cargos
- Derecho de defensa
- Periodo probatorio y alegatos
- Contenido de la decisión sancionatoria
- Eximentes de responsabilidad
- Graduación de la sanción
- Caducidad de la facultad sancionatoria
- Prescripción de la sanción
- Los recursos contra la decisión sancionatoria
Módulo 5. En los Servicios Públicos Domiciliarios
- Alcance de la aplicación del CPACA frente al procedimiento previsto en la Ley 142 de 1994
- Inicio de la actuación
- Pliego de cargos
- Derecho de defensa
- Periodo probatorio y alegatos
- Contenido de la decisión sancionatoria
- Eximentes de responsabilidad
- Graduación de la sanción
- Caducidad de la facultad sancionatoria
- Prescripción de la sanción
- Los recursos contra la decisión sancionatoria
- Firmeza del acto administrativo
Módulo 6. En el procedimiento administrativo sancionatorio fiscal
- Inicio de la actuación
- Derecho de defensa
- Contenido de la decisión sancionatoria
- Eximentes de responsabilidad
- Graduación de la sanción
- Caducidad de la facultad sancionatoria
- Los recursos contra la decisión sancionatoria
- Firmeza del acto administrativo
Conferencistas
Dr. Javier Gustavo Rincón Salcedo
Doctor en Derecho Administrativo Suma Cum Laude y Magister en Derecho Público Fundamental de la Universidad de Poitiers, Francia, Abogado de la Pontificia Universidad Javeriana. Es profesor asociado del Departamento de Derecho Público y Director del Observatorio de Derecho Militar de la Universidad Javeriana, Conjuez del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, y socio de la firma internacional Meana Green Maura SLP, contando con más de 21 años de experiencia como abogado litigante, asesor y consultor en materia de contratación estatal, derecho disciplinario, derecho fiscal, derecho de seguros y derecho administrativo general.
Dr. Juan Manuel Laverde Álvarez
Abogado de la Pontificia Universidad Javeriana. Magíster en Derecho Público para la Gestión Administrativa de la Universidad de los Andes. Especialista en Gestión Pública e Instituciones Administrativas de esa misma universidad. Especialista en Derecho Sustantivo y Contencioso Constitucional de la Universidad Javeriana. Se desempeñó durante 10 años como Asesor en la Superintendencia Bancaria de Colombia, hoy Superfinanciera, y abogado del Departamento Jurídico del Banco de la República. Ejerció durante tres años la profesión de manera independiente en temas relacionados con el derecho constitucional, administrativo, contratación administrativa y servicios públicos, como consultor y litigante. Desde el 14 de julio de 2008 se desempeña como Magistrado Auxiliar de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado. En ejercicio de dicho cargo hizo parte del equipo de esa Corporación que colaboró con la Comisión de Reforma del Código. Secretario Técnico de la reforma al Código Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo que se convirtió en la Ley 2080 de 2021. Autor de las obras “Manual de Procedimiento Administrativo Sancionatorio” y “La sanción administrativa. Perspectivas contemporáneas” de Editorial Legis. Coautor del Libro “El poder sancionador de la Administración Pública: discusión, expansión y construcción”, obra colectiva en la que participó con el artículo “Sanciones administrativas: delimitación conceptual frente a otras actuaciones de la administración”. Universidad Externado de Colombia, Bogotá, D.C., primera edición, 2018.
Dra. Carolina Bravo Vesga
Abogada Cum Laude de la Universidad Santo Tomás de Bucaramanga, Magister en Derecho Español de la Universidad de Valladolid (Esp), Magister en Corrupción y Estado de Derecho y Doctora en Derecho por la Universidad de Salamanca (Esp). Docente de pregrado y posgrado
área de derecho administrativo y procesal administrativo. Litigante en asuntos de responsabilidad extracontractual del Estado. Actividad investigadora en problemáticas relacionadas con el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, las medidas cautelares en el derecho administrativo, la corrupción urbanística, la huida del derecho administrativo, y el fenómeno de la corrupción pública y privada. Actualmente se desempeña como asesora del despacho del fiscal general de la Nación.
Dr. Sebastian Canal Flórez
Abogado Javeriano; especialista en derecho público de la Universidad Externado de Colombia; Especialista en Derechos Humanos y Derecho Humanitario de American University Washington College of Law y Magister en derechos Humanos y Cultura de Paz de la Pontificia Universidad Javeriana Cali; profesor de la Facultad en Derecho Administrativo. Secretario Privado de la Presidencia del Consejo de Estado. Magistrado Auxiliar del Consejo Superior de la Judicatura.
Agustin Miguel Lago Montúfar
Doctorando en Contratación Estatal en situaciones de emergencia de la Pontificia Universidad Javeriana. Abogado con énfasis en derecho empresarial, Politólogo con énfasis en asuntos políticos internacionales, diplomado en derecho de seguros, laboral, inmobiliario y contratación estatal de la Pontificia Universidad Javeriana. Actualmente se desempeña como Coordinador del Observatorio de Derecho Militar y profesor de contratación estatal y derecho administrativo de la Pontificia Universidad Javeriana. Como asociado de Meana Green Maura SLP cuenta con experiencia en litigio y consultoría en contratación estatal, formulación de proyectos, derecho marítimo y derecho de seguros.
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Apertura y fecha de inicio: la apertura y la fecha de inicio del
programa dependerá del mínimo número de inscritos,
establecido por la Universidad.
Certificación: se otorgará certificación a quien haya
cumplido como mínimo con el 80% de las actividades
programadas en el aula.
Forma de pago: efectivo, cheque de gerencia, tarjeta de
crédito (recibimos todas las tarjetas, cuenta de cobro).
Válido para Colombia:
**Art. 92 Ley 30 de 1992 - Las Instituciones de
Educación Superior no son responsables del
I.V.A.
**Numeral 6 del Art. 476 Estatuto Tributario
(ET) - Servicios excluidos del impuesto sobre
las ventas.