Curso
Derecho Tributario Probatorio
SOMOS
EDUCACIÓN
CONTINUA

Objetivos
Dirigido a
Metodología
Contenidos académicos
- Conceptualización de la prueba
- Oportunidades probatorias en la etapa administrativa
- Derecho a la prueba
- El expediente de defensa
- El derecho de petición como elemento probatorio
- La “temporalidad” de las pruebas
- Pruebas en el marco de una investigación
- Las pruebas en la virtualidad
Medios probatorios conceptualización o Declaraciones
- Confesiones
- Juramentos
- Testimonios
- Dictámenes periciales
- Inspecciones
- Documentales
- Indicios
- Informes
- Presunciones
Tarifa legal – libertad probatoria
- Circunstancias especiales que se deben probar
- Pruebas en la discusión administrativa
- Casos prácticos
La prueba contable o La contabilidad como prueba
- La conciliación fiscal
- El certificado del revisor fiscal
- El certificado del contador
- Los estados financieros
- Los soportes internos y externos
Visitas y revisiones contables
- La fe pública
- Casos prácticos
Pruebas en la etapa judicial - desarrollo o Prueba pericial
- Declaración de parte
- Confesión
- Testimonio
- Juramento
- Inspección judicial
- Indicios
- Documentos
- Hechos notorios
- Práctica y contradicción del dictamen pericial a solicitud de parte
- Oportunidades probatorias en la etapa judicial
- Pruebas de oficio
- Pruebas de oficio y pruebas a solicitud de parte
- Prueba de normas jurídicas
- Pruebas extraprocesales
- Audiencia de pruebas
- Casos prácticos
Conferencistas
JUAN CAMILO DE BEDOUT GRAJALES
Abogado de la Universidad de Los Andes con una especialización en Derecho Tributario de la misma Universidad. Socio, líder del área de litigio y controversia tributaria, aduanera y de precios de transferencia en Posse Herrera Ruiz. Su práctica profesional se concentra en planeación fiscal, impuestos, precios de transferencia, controversia y litigio tributario y aduanero.
Tiene más de 12 años de experiencia en asuntos relacionados con discusiones administrativas y judiciales con las autoridades de impuestos nacionales y territoriales, y en asesoría en temas internacionales. Antes de vincularse a Posse Herrera Ruiz, se desempeñó como abogado senior en una firma de consultoría internacional en el área de impuestos, controversia y litigio tributario, y fue el Director Jurídico del Centro Comercial Santa Fe. Es director y autor del Observatorio de Jurisprudencia Tributaria del Instituto Colombiano de Derecho Tributario (ICDT).
Ha sido invitado como conferencista en diferentes escenarios académicos nacionales e internacionales, en temas de procedimiento, controversia y litigio tributario, es profesor de postgrado en la especialización de Derecho Tributario en las universidades de los Andes, Externado de Colombia, EAFIT y del Norte en Barranquilla, dirige el Diplomado de Procedimiento Tributario en el Instituto Colombiano de Derecho Tributario (ICDT).
LUCERO TELLEZ HERNANDEZ
Abogada de la Universidad Católica de Colombia, Especialista en Derecho Público, Probatorio y Administrativo, Magister de Gestión Tributaria de la Universidad Sergio Arboleda, docente de la Universidad Javeriana en materia de tributaria y de la Escuela de Impuesto de la DIAN.
FELIPE PARDO
Contador Público de la Universidad Nacional de Colombia, se encuentra certificado internacionalmente desde el año 2013 por el Instituto de Contadores Públicos de Inglaterra y Gales – ICAEW (por sus siglas en inglés).
Se ha desempeñado como consultor en firmas de contadores nacionales e internacionales y su práctica profesional se ha centrado en la implementación, capacitación y consultoría de IFRS. Ha prestado asesoría a más de 150 empresas de todos los sectores entre grandes y medianas organizaciones; tiene amplia experiencia en capacitaciones en proyectos específicos y en educación no formal.
Adicional a esto ha estado encargado de toda la consultoría de IFRS y la elaboración de conceptos para el tratamiento técnico IFRS de fusiones, escisiones y adquisiciones de todo tipo de entidades.
15% de descuento para los afiliados a CETA,
10% comunidad Javeriana.
4% por pronto pago, cancelando 20 días calendarios previos a la fecha de inicio. Los descuentos no son acumulables.
Apertura y fecha de inicio: la apertura y la fecha de inicio del
programa dependerá del mínimo número de inscritos,
establecido por la Universidad.
Certificación: se otorgará certificación a quien haya
cumplido como mínimo con el 80% de las actividades
programadas en el aula.
Forma de pago: efectivo, cheque de gerencia, tarjeta de
crédito (recibimos todas las tarjetas, cuenta de cobro).
Válido para Colombia:
**Art. 92 Ley 30 de 1992 - Las Instituciones de
Educación Superior no son responsables del
I.V.A.
**Numeral 6 del Art. 476 Estatuto Tributario
(ET) - Servicios excluidos del impuesto sobre
las ventas.